Información general
Curso académico: 2022/2023
Nivel: Grado
Tipo: Grado
Créditos ECTS: 246
Duración del programa: 4 AÑOS
Modalidad de enseñanza: Presencial
Nivel de cualificación: Graduado(a) (MECES nivel 2 - EQF nivel 6)
Modalidad de estudio: Tiempo Completo (42-60 ECTS por curso académico)
Periodo de movilidad:
Opcional
Información académica para estudiantes de movilidad
Aprendizaje basado en prácticas profesionales (Prácticum): Sí
Lengua(s) de impartición: Español
Más información:
Coordinador/a de la titulación:
Nombre: FABIÁN, GARCÍA CARRILLO / fabian3baxNLmwkp@ugr.es
Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Edificación / Campus Granada
Campo(s) de educación y capacitación (ISCED-F)
- Arquitectura y urbanismo (0731)
Objetivo principal
El Grado en Edificación capacita para actuar, con un alto nivel competencial, solvencia científica y técnica y compromiso social, en los procesos de: gestión pública y privada; producción, ejecución e industria; restauración, conservación y explotación; e investigación y docencia, que se desarrollan en el sector de la edificación. Además, es un título habilitante para el ejercicio profesional, según las atribuciones reguladas en la Orden ECI/3855/2007.
Competencias
1. Dirigir la ejecución material y llevar el control económico de las obras de edificación.
2. Gestionar la producción, mediante el control cualitativo y cuantitativo de la construcción, de los materiales, las técnicas y los sistemas; gestionar el tratamiento de los residuos.
3. Redactar, gestionar y/o auditar estudios y planes de seguridad y salud laboral, y de prevención de riesgos laborales, en edificación; coordinar las actividades empresariales relacionadas.
4. Elaborar y/o controlar, en su ámbito competencial, los proyectos técnicos necesarios para implementar, cumplidamente, las obras de edificación.
5. Evaluar, determinar y redactar estudios periciales de la aptitud técnica y de la viabilidad económica de construcciones y terrenos; formalizar los documentos más apropiados.
6. Evaluar y certificar la calidad, la eficiencia energética y la sostenibilidad en edificación; aplicar las innovaciones provenientes de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs).
7. Dirigir y gestionar la conservación y explotación de los edificios; elaborar estudios del ciclo de vida de los materiales y sistemas constructivos. Redactar planes de emergencia y evacuación.
8. Intervenir y/o asesorar técnicamente en los procesos industriales relacionados con la producción y la fabricación, en el sector de la edificación.
9. Dirigir y gestionar la actividad inmobiliaria; ostentar la representación técnica de las empresas inmobiliarias y/o promotoras, en las obras de edificación.
10. Consultor y/o asesor urbanístico, en el sector privado; gestor y supervisor de la actividad urbanística en la Administración Pública.
Cualificación de la titulación
Nombre del título conferido en lengua original
Graduado o Graduada en Edificación por la Universidad de Granada
Requisitos de cualificación
– El estudiante debe acreditar el nivel B1, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
– El estudiante tiene que completar los créditos ECTS del programa de estudios distribuidos de la siguiente forma: Formación básica (60 ECTS) Obligatorios (156 ECTS) Optativos (12 ECTS) Practicum (6 ECTS) Trabajo Fin de Grado (12 ECTS)
Acceso a una profesión regulada
Cualificación profesional Arquitecto Técnico
Normativa de aplicación La profesión de Arquitecto Técnico está regulada en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de diciembre de 2007 (Boletín Oficial del Estado de 21 de Diciembre de 2007). Mediante Orden ECI/3855/2007, de 27 de diciembre, se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico.
Asignaturas de la titulación
Información sobre admisión
Pueden acceder a estudios de Grado aquellos estudiantes que posean los títulos, diplomas o estudios siguientes u otros declarados equivalentes u homologados a estos:
A.1. Bachiller del Sistema Educativo Español, Bachillerato Europeo o Bachillerato Internacional.
A.2. Bachillerato procedente de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otrosEstados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales.
A.3. Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o TécnicoDeportivo Superior perteneciente al Sistema Educativo Español.
A.4. Otros estudios que, en un Estado miembro de la Unión Europea o en otros Estados con los que se hayansuscrito acuerdos internacionales en régimen de reciprocidad, acrediten los requisitos académicos exigidos en dichos Estados para acceder a sus estudios universitarios.
A.5. Títulos universitarios oficiales de Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, Graduado o Máster Universitario.
A.6. Estudios universitarios parciales, extranjeros o españoles.
También podrán acceder a estudios de Grado:
B.1. Personas mayores de veinticinco años que superen una prueba de acceso específica.
B.2. Personas mayores de cuarenta años con experiencia laboral o profesional en relación con unaenseñanza universitaria.
B.3. Personas mayores de cuarenta y cinco años que superen una prueba de acceso específica.
Asimismo, podrán acceder a estudios de Grado:
C.1. Personas que estuvieran en condiciones de acceder a la universidad según ordenaciones del SistemaEducativo Español anteriores a la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.
Normativas generales
Sistema de calificacion
En el sistema universitario español los módulos/asignaturas se califican con una puntuación absoluta de acuerdo a una escala del 0 al 10, con las siguientes equivalencias cualitativas:
0-4,9: suspenso; 5-6,9: aprobado; 7-8,9: notable; 9-10 sobresaliente. Puede concederse una mención especial (Matrícula de Honor) al 5% de los estudiantes del grupo siempre que hayan obtenido una calificación de sobresaliente. Un módulo/asignatura se considera superado/a a partir del 5.
En el caso de reconocimiento de ECTS, de la experiencia profesional, actividades culturales, deportivas, representación estudiantil u otras no se hará constar ninguna puntuación sino, en su caso, la palabra «Apto».
Normativa de evaluación de la UGR
https://www.ugr.es/sites/default/files/2017-09/examenes.pdf
Más normativas académicas en: https://ugrcat.ugr.es/sobre-ugr/
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